Actualidad del Observatorio Español de la Economía Social

01/01/1970

Anteproyecto de Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas Dependientes

El Consejo de Ministros informó el pasado día 23, a propuesta del ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, sobre el anteproyecto de Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas en Situación de Dependencia, que configurará el Sistema Nacional de Dependencia como cuarto pilar del Estado del Bienestar, tras el Sistema Nacional de Salud, el sistema educativo y el sistema de pensiones, que fueron desarrollados en la década de los ochenta.

Las personas dependientes (ancianos y discapacitados graves) son aquellas que necesitan ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria (levantarse de la cama, asearse, comer,...). En España, y según los datos del Libro Blanco de la Dependencia, se calcula que residen más de 1.125.000 personas que padecen una dependencia grave y severa.

Actualmente la atención a estas personas se realiza, sobre todo, en el ámbito familiar y recae especialmente en las mujeres (representan el 83% de los cuidadores familiares) que, en la mayoría de los casos, se ven imposibilitadas de llevar a cabo actividad laboral alguna.

La atención de las administraciones se presta desde el sistema sanitario y desde el ámbito de los servicios sociales con una cobertura claramente insuficiente y con importantes diferencias entre Comunidades Autónomas y entre las áreas urbanas y rurales. Así, en nuestro país sólo el 3,14% de las personas mayores de 65 años cuentan con un servicio de ayuda a domicilio, el 2,05% con teleasistencia, y el 0,46% con una plaza en un centro de día.

Nuevo derecho de ciudadanía

La futura ley reconocerá un nuevo derecho de ciudadanía en España: el de las personas que no se pueden valer por sí mismas a ser atendidas por el Estado y garantiza una serie de prestaciones.

La ley se inspira en los siguientes principios: El carácter universal y público de las prestaciones; el acceso a las prestaciones en condiciones de igualdad; y la participación de todas las administraciones en el ejercicio de sus competencias.

Se constituye el Sistema Nacional de Dependencia, con el fin de promover la autonomía personal y garantizar la atención y protección a las personas en situación de dependencia en todo el territorio del Estado, con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias.

El Sistema se configura como una red de utilización pública, diversificada, que integre de forma coordinada, centros y servicios, públicos y privados, debidamente acreditados.

Las personas serán evaluadas para determinar su grado y nivel de dependencia y las prestaciones a las que tendrán derecho. Cada beneficiario dispondrá de un programa integral de atención personalizada.

El Sistema Nacional de Dependencia incluirá tres tipos de prestaciones:

1) Prestación de servicios a través de centros y programas públicos o concertados según catálogo

2) Prestación económica vinculada a la contratación del servicio.

3) Compensación económica por cuidados en el ámbito familiar.

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