Actualidad del Observatorio Español de la Economía Social

17/03/2011

Las cooperativas de viviendas podrán vender a terceros no socios sus pisos ya iniciados

Las cooperativas de viviendas podrán enajenar o arrendar a terceros no socios las viviendas de su propiedad iniciadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Economía Social, norma que fue aprobada este miércoles por el Congreso de los Diputados.

Hasta ahora, las cooperativas de viviendas podían vender o arrendar a terceros no socios los locales comerciales y las instalaciones y edificaciones complementarias de su propiedad.

De esta manera, se abre la puerta a que las cooperativas también puedan vender sus pisos, aunque sólo en aquellas que se hayan iniciado antes de que entre en vigor la Ley de Economía Social.

Las operaciones a terceros no socios podrán alcanzar como límite máximo el 50% de las realizadas con los socios, o lo que es lo mismo, se limita esta actuación a un máximo de un tercio de las viviendas construidas, según se recoge en una disposición transitoria a la Ley de Economía Social.

La asamblea general acordará también el destino del importe obtenido por la enajenación o arrendamiento.

Enmienda del PSOE

Esta disposición es fruto de una enmienda del PSOE introducida en el Senado a la Ley de Economía Social. Los socialistas explican que como consecuencia de la actual crisis económica, las cooperativas de viviendas tienen un excedente de viviendas debido a la baja de socios cooperativistas afectados por el desempleo.

Esta medida tiene "carácter transitorio", con objeto de "coadyuvar a solventar las dificultades que puedan estar atravesando algunas cooperativas de viviendas para la adjudicación".

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