Aprobada la Ley del Tercer Sector de Acción Social de Andalucía
18/12/2025
El Pleno del Parlamento andaluz aprobó el pasado 17 de diciembre la Ley del Tercer Sector de Acción Social de Andalucía, registrada de forma conjunta por los grupos de PP-A, PSOE-A y Mixto-Adelante Andalucía, si bien este último grupo ha optado por la abstención en la votación final, al igual que Por Andalucía, mientras que Vox ha votado en contra.
El texto legislativo, que ya superó su toma en consideración el pasado 10 de septiembre y cuenta con el respaldo del Consejo de Gobierno, persigue, entre otros, “dar cobertura a determinadas necesidades, como la de reforzar la colaboración entre las administraciones públicas y el tercer sector social en el diseño de las políticas sociales para responder a los desafíos de una sociedad global”.
La norma se articula en tres capítulos que agrupan un total de doce artículos, a los que se añaden tres disposiciones adicionales, una derogatoria y otras tres disposiciones finales.
El objetivo central de la iniciativa es “configurar y definir el tercer sector social de Andalucía a través de las organizaciones y redes que lo conforman, y adoptar y promover medidas orientadas a fortalecer dichas organizaciones y redes a fin de impulsar la cooperación y colaboración de las organizaciones entre sí, con el sector público y el tejido empresarial, para promover su participación y contribución en el ámbito de la intervención social en general y, específicamente, en las políticas y sistemas de responsabilidad pública relacionados con dicho ámbito”.
El texto incluye dentro de la consideración de parte del tercer sector social de Andalucía “a las organizaciones de iniciativa social, con sede y actividad en Andalucía, cuya finalidad principal es promover, a través de actividades de intervención social, la inclusión social, la cooperación al desarrollo y el ejercicio efectivo de los derechos de personas, familias, grupos, colectivos o comunidades que afrontan situaciones de vulnerabilidad o exclusión, desigualdad, desprotección, discapacidad o dependencia, o cualquier otra actividad contenida en el artículo 37 del Estatuto de Autonomía de Andalucía”.
La ley precisa los requisitos que debe reunir una entidad para integrarse en el “tercer sector social”, entre ellos que esté formada “total o parcialmente, por personas voluntarias o asociadas”, que no persiga la “obtención de beneficios económicos” y que los que “eventualmente obtenga” se reinviertan “en la actividad que le sirve de objeto” y no se distribuyan entre sus socios.
Corresponsabilidad en la inclusión social
Asimismo, establece los principios de actuación que han de respetar las organizaciones del tercer sector social andaluz, donde se incluyen los de “solidaridad y justicia” y “responsabilidad pública y corresponsabilidad en la inclusión social”, y reconoce a estas entidades el “derecho a participar en las políticas públicas que les conciernen en todas sus fases, incluida la fase de ejecución, (…) sin menoscabar las facultades de decisión que correspondan a los órganos de gobierno de cada institución”.
El articulado prevé igualmente que el Gobierno andaluz, a través de la Comisión Permanente de Diálogo con la Mesa del Tercer Sector de Andalucía u organismo que la sustituya, “mantendrá un diálogo permanente, operativo y bidireccional con las redes del tercer sector social de Andalucía respecto a la acción de gobierno, así como respecto a la acción de las organizaciones y redes, en el ámbito de la intervención social, que se traduzca en iniciativas concretas a impulsar por cualquiera de las partes o en colaboración, realizando un seguimiento y evaluación de las mismas”.
Esa comisión, según se especifica, “se reunirá, en sesión ordinaria, tres veces al año, con periodicidad cuatrimestral, y, en sesión extraordinaria, cuando así lo decida la presidencia, a iniciativa propia o a instancia de, al menos, la mitad de las vocalías”.
Medidas de impulso, Observatorio y Estrategia de promoción
La nueva ley insta además a las “administraciones públicas de la región, en el ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con la normativa básica que sea de aplicación”, a poner en marcha diversas “medidas de promoción del tercer sector social”. Entre ellas, “introducir en los planes de estudio de las diferentes etapas educativas, aquellos contenidos y referencias al tercer sector social precisos para su justa valoración como vía de participación de la ciudadanía y de los grupos en los que se integra la sociedad civil”, así como “reconocer” a estas entidades “la condición de entidades colaboradoras de la Administración autonómica con arreglo a lo que se establezca reglamentariamente”.
El texto contempla igualmente la puesta en marcha del ‘Observatorio Andaluz del Tercer Sector Social’, dependiente de la Consejería competente en materia de servicios sociales, concebido como “un instrumento técnico de la Junta de Andalucía encargado de la recopilación, sistematización, actualización y generación de información y conocimiento, así como de su difusión, en las esferas relacionadas con el tercer sector social y con las organizaciones y redes integradas en él”.
Además, se fija el compromiso del Ejecutivo autonómico de elaborar y aprobar, en el plazo de un año contado desde la fecha de entrada en vigor de la ley, la Estrategia de promoción del tercer sector social de Andalucía.
La Mesa del Tercer Sector de Andalucía lo celebra
La Mesa del Tercer Sector de Andalucía ha celebrado la aprobación de la Ley, ya que “reconoce a todo el colectivo de entidades como elemento clave en las políticas sociales y agentes necesarios para la construcción de una estrategia que ponga en el centro a las personas y considere el trabajo conjunto como metodología para llegar a las personas en situación de vulnerabilidad”.
Explican que la ley llevaba trabajándose desde la Mesa del Tercer Sector de Andalucía desde hace varios años, y por fin ha encontrado el apoyo necesario “para situar a las entidades sociales en la toma de muchas decisiones que tienen que ver con la empleabilidad de las personas vulnerables, la lucha contra la pobreza o la inclusión de diversos colectivos”.
Destacan que el texto presta especial atención a la responsabilidad pública y corresponsabilidad de la acción social, la participación ciudadana, la cooperación entre el sector público y la iniciativa social.

