BOE 164, de 10 de julio de 2015

Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales.Art. 51. a) Promover que la formación incluya en determinados programas una formación básica respecto a la aptitud para la iniciativa emprendedora, los mecanismos de creación de empresa, la economía social y cooperativa y el autoempleo, y los distintos programas y ayudas existentes con este objetivo.(…)2. Los centros de la Red del Sistema deben favorecer que las programaciones incluyan visitas a empresas de distintos sectores de actividad y deben procurar fomentar la ejecución de trabajos o proyectos orientados a incentivar la creatividad y la iniciativa personal relacionadas con la búsqueda de empleo, el emprendimiento, la creación de empresa, las cooperativas y el autoempleo.